GUÍA DEL COMPRADOR




¿PENSANDO EN ADQUIRIR UNA PROPIEDAD INMOBILIARIA?


En Villa Padierna Collection nos ocupamos de todo el proceso y le garantizamos el acceso a los mejores profesionales para asegurar que la compra es un éxito. Si tienes dudas antes de comenzar, contacta hoy mismo con nuestro equipo que podrá asesorarle desde la dilatada experiencia que nos avala. Mientras tanto, esta guía le ayudará a conocer cómo es adquirir una propiedad es España.



ELIJE UNA AGENCIA INMOBILIARIA DE CONFIANZA


Adquirir una propiedad es un trámite complejo que puede simplificarse si tienes la asesoría adecuada. Un buen profesional, con experiencia, amplio conocimiento del mercado y de la zona, y una sólida reputación, podrá ayudarte a encontrar la vivienda de tus sueños. Si algo distingue a un buen profesional del que no lo es, es la capacidad de respuesta. Él sabrá exactamente identificar tus necesidades y encontrar la propiedad que mejor se ajuste, incluso si no está dentro de su portfolio, sabrá cuáles son los mejores contactos para finalmente dar con ella.



CUENTA CON LOS MEJORES PROFESIONALES EN CADA ÁMBITO


Aunque el asesor inmobiliario juega un papel esencial en el proceso de búsqueda, una vez que ya se ha encontrado la propiedad y hay que comenzar con las negociaciones para la compra es necesario dejarse guiar por el conocimiento y la experiencia de un buen abogado y un asesor fiscal. El equipo de Villa Padierna Collection cuenta con los mejores partners en cada ámbito para poder recomendarte el profesional más cualificado para cada momento.



PREPARA TODA LA DOCUMENTACIÓN


En el caso de aquellos compradores extranjeros, el hecho de contar con un NIE (Número de Identidad Extranjero) y una cuenta bancaria española será muy importante y acelerará el proceso.



CONOCE BIEN DE LAS CONDICIONES DE COMPRA


Los costes oficiales totales relacionados con la compra de una propiedad residencial acabada representan alrededor del 10-11% en el caso de las propiedades de reventa, o bien alrededor del 6% para propiedades nuevas si se paga el IVA, más los honorarios del abogado.



COSTES DE UNA COMPRA-VENTA


IMPUESTO DE TRANSMISIÓN PATRIMONIAL (ITP)
A cargo del comprador por la adquisición de cualquier propiedad inmobiliaria (villas, apartamentos, terrenos, locales comerciales, garajes), siempre que el vendedor no sea un promotor o que su negocio habitual no consista en promoción o reventa inmobiliaria. Si el valor fiscal mínimo de la propiedad según lo fijado por la Junta de Andalucía es mayor que el precio, entonces se aplica dicho valor fiscal mínimo: se aplica el 8% al primer tramo hasta 400.000€ o 30.000€ en el caso de garajes, salvo los vinculados a la vivienda y hasta un máximo de dos; se aplica el 9% al tramo de entre 400.000€ y 700.000€ o entre 30.000€ y 50.000€ para los garajes; se aplica el 10% al tramo que supere la cuantía de 700.000€ o 50.000€ para garajes.
Según tramos 8% 9% 10%
Reducción del impuesto de Transmisiones Patrimoniales a empresas inmobiliarias o profesionales que compran propiedades de segunda mano y vuelven a vender dentro de los 5 años. 2%
IVA E IMPUESTO SOBRE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS (AJD)
Para cualquier VILLA, APARTAMENTO o GARAJE anexionado a un apartamento, cuando el vendedor es un promotor o comerciante habitual de PROPIEDADES A ESTRENAR (primera transmisión). 10 % + 1.5%
Parcelas de terreno o solo para la primera venta de locales comerciales. 21% + 1.5%
NOTARÍA Y GASTOS DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO
El coste incrementa según el número de páginas, la complejidad de la escritura y el valor de la propiedad.
+/- 3.000€
ARBITRIO MUNICIPAL DE PLUSVALÍA
El arbitrio de plusvalía puede representar unos cientos de euros, o bien miles de euros, dependiendo si se trata de una propiedad con una gran superficie de terreno que no haya cambiado de propietario desde hace años. Es un impuesto municipal basado en el incremento de los valores índice de la propiedad entre el año de la compra y el año de la venta. Es un arbitrio que conviene cuantificar y negociar con el vendedor en la fase de la negociación.
Variable en función de la propiedad
HONORARIOS DEL ABOGADO
Los honorarios del abogado serán del orden del 1% del precio de venta aproximadamente, según el abogado y el precio de la propiedad.
1% + IVA



EL PROCESO DE COMPRA



NEGOCIACIÓN


Primer paso, elige el mejor agente. La asesoría de un experto es la clave para tener éxito en la primera fase del proceso de compra: la negociación. El conocimiento del mercado es un valor fundamental a la hora de proponer la oferta adecuada. Si la oferta es demasiado baja, podría afectar negativamente al resultado y acabar alejando posiciones entre comprador y vendedor.

La oferta debe ser clara y muy específica, debe incluir todos los aspectos relevantes y ser atractiva para que el vendedor pueda tomar una decisión rápida. Las ofertas complejas o las negociaciones en las que se va facilitando información en pequeñas cantidades retrasan el acuerdo y generan frustración por ambas partes. La oferta debe incluir el precio propuesto, la cantidad que se entregará para el depósito y si se hará uno o varios pagos.

En este sentido, ambas partes deben estar de acuerdo en lo que incluye el precio: si la propiedad estará amueblada o no, si contará con electrodomésticos y si estos estarán en funcionamiento, así como otras consideraciones...) Debe quedar claro cuándo se hará la entrega de los pagos así como la fecha prevista para cerrar la operación. Además de contar con la asesoría de un agente, en algunas negociaciones se recomienda involucrar a un abogado. Los abogados podrán revisar las condiciones de la oferta y garantizar que se están cumpliendo todos los criterios legales.



LA FIRMA DEL CONTRATO


La entidad que se ocupa en España del proceso de compra y venta de propiedades es el Registro de la propiedad. Este organismo es el encargado de facilitar la información legal sobre el inmueble, por ejemplo si está libre de gravámenes o si tiene deudas. A la hora de hacer el contrato, si no se abona el precio total de la propiedad al inicio, se suele redactar un contrato de compra venta que regula entre las dos partes las condiciones de la misma. Este incluye los detalles de la operación, los datos de la propiedad, el número de registro, el precio por el que se realiza la venta, las formas de pago, las fechas claves en el proceso y cualquier otra información que las partes consideren relevante dejar por escrito.



EL PAGO DE LA PROPIEDAD


Acompañando a este acuerdo se entrega un depósito cuya cantidad estipularán las partes y que dependerá de las condiciones de la compra y las fechas acordadas. Por lo general, el depósito rondará el 10% del precio total si la fecha para cerrar la operación está entre los 30 y los 60 días. Una vez que se haya pagado el precio total de la compra, el vendedor emitirá la escritura de compraventa a favor del comprador, libre de gravámenes y deudas, que deberá firmarse ante notario e inscribirse provisionalmente en el Registro de la Propiedad.


  • Si se trata de una reventa o una propiedad de segunda mano, se enviará a la Agencia Tributaria para proceder al pago del impuesto de transmisiones
  • Si se compra directamente al promotor, se enviará también a la Agencia Tributaria pero para realizar el pago del impuesto de actos jurídicos documentados.

En ambos casos, el siguiente paso es la inscripción en el Registro de la Propiedad. Las propiedades de obra nueva se rigen por la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE). Según esta, las propiedades deben pagarse durante el período de construcción y todos los pagos que se realicen antes de la terminación de la obra deben estar avalados por una entidad bancaria o aseguradora.

Si la propiedad no se ha acabado en la fecha acordada, el comprador tiene derecho a reclamar el dinero ya pagado más los intereses legales que apliquen en cada caso. En cuanto al promotor inmobiliario, está obligado por ley a contratar un seguro de 10 años para cubrir cualquier defecto de la construcción, siendo el comprador quien se beneficiaría de este seguro.



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